Novedades fiscales para los exportadores

Dos nuevas resoluciones de AFIP benefician a contribuyentes particulares y exportadores. La primera autoriza a tomar cuatro planes de pago simultáneos mientras que la segunda flexibiliza el recupero del IVA por exportaciones.Esta semana la AFIP publicó dos resoluciones generales. La primera autoriza la ampliación en la cantidad de planes de pagos a tomar para ciertos contribuyentes y la otra está relacionada con la flexibilización al momento de solicitar el recupero de IVA por exportaciones.

Si bien el plan de pagos se fue modificando lo importante es conocer que opciones se encuentran vigentes para los contribuyentes al momento de acceder a una financiación. Actualmente se puede acceder a un plan de pagos para deuda corriente vencida en el mes en curso o el mes anterior de hasta 3 cuotas con una tasa del 2.65% o del 2.93% en caso de superar los $91.000.000 de ingresos. En el caso de obligaciones con más antigüedad el plazo se extiende a 6 cuotas para impuestos o contribuciones y de 3 cuotas para aportes de seguridad social con tasas del 2.5% y del 2.79% en caso de superar los $ 91.000.000 de ingreso.

Pero los plazos se pueden extender más si estamos en la etapa de gestión judicial a lo cual hay que considerar como costo adicional los honorarios de los abogados del fisco que pueden llegar al 10% de la suma reclamada en este caso los plazos se duplican siendo de 12 y 6 cuotas para las obligaciones comentadas y en esta etapa la tasa de financiación baja al 2.03% y al 2.26%.

La última etapa de extensión de plazos se da cuando se trata de ajustes de inspección en dicho escenario. Las cuotas pueden ser de 12 a 24 siempre para las mismas obligaciones y la tasa se mantiene en 2.03% y 2.26%. En esta instancia hay que sumarle el costo de multas por omisión o defraudación tributarias que oscilan entre el 50% y 100%.

En esta última modificación el se habilitó a que los contribuyentes accedan a 4 planes de pagos en vez de 2 como estaba previsto originalmente sólo para aquellos contribuyentes cuyos ingresos no superen los $ 50.000.000.

Si bien estas modificaciones llevan un poquito de respiro lo cierto es que la situación económica es complicada lo que sumado a las altas tasas bancarias hace difícil afrontar las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Cabe remarcar que en caso que a un contribuyente se le caduque el plan de pagos tiene como sanción que en los próximos 12 meses no pueda volver a presentar uno nuevo.

Un beneficio extra es que no se ha derogado el plan de pagos de la RG 984 que habilita cancelar el saldo de la declaración jurada de Ganancias y de Bienes Personales en 3 cuotas a la tasa del 1% mensual.

Por último se habilitó a los exportadores que realizan triangulación de operaciones de comercio exterior (venta a un sujeto domiciliado en un país y envío de la mercadería a otro destino) a que los recuperos de IVA no sean sometidos a una auditoría de comprobantes y que sus recuperos sean revisados al igual que el resto de los exportadores. La medida se estableció hace 2 años y el fisco entendió que eliminando esta auditoría se liberan recursos humanos para ser abocados a otras tareas.

Fuente: rionegro.com.ar

2016-05-04T00:00:00-03:00

Novedades fiscales para los exportadores

Dos nuevas resoluciones de AFIP benefician a contribuyentes particulares y exportadores. La primera autoriza a tomar cuatro planes de pago simultáneos mientras que la segunda flexibiliza el recupero del IVA por exportaciones.Esta semana la AFIP publicó dos resoluciones generales. La primera autoriza la ampliación en la cantidad de planes de pagos a tomar para ciertos contribuyentes y la otra está relacionada con la flexibilización al momento de solicitar el recupero de IVA por exportaciones.

Si bien el plan de pagos se fue modificando lo importante es conocer que opciones se encuentran vigentes para los contribuyentes al momento de acceder a una financiación. Actualmente se puede acceder a un plan de pagos para deuda corriente vencida en el mes en curso o el mes anterior de hasta 3 cuotas con una tasa del 2.65% o del 2.93% en caso de superar los $91.000.000 de ingresos. En el caso de obligaciones con más antigüedad el plazo se extiende a 6 cuotas para impuestos o contribuciones y de 3 cuotas para aportes de seguridad social con tasas del 2.5% y del 2.79% en caso de superar los $ 91.000.000 de ingreso.

Pero los plazos se pueden extender más si estamos en la etapa de gestión judicial a lo cual hay que considerar como costo adicional los honorarios de los abogados del fisco que pueden llegar al 10% de la suma reclamada en este caso los plazos se duplican siendo de 12 y 6 cuotas para las obligaciones comentadas y en esta etapa la tasa de financiación baja al 2.03% y al 2.26%.

La última etapa de extensión de plazos se da cuando se trata de ajustes de inspección en dicho escenario. Las cuotas pueden ser de 12 a 24 siempre para las mismas obligaciones y la tasa se mantiene en 2.03% y 2.26%. En esta instancia hay que sumarle el costo de multas por omisión o defraudación tributarias que oscilan entre el 50% y 100%.

En esta última modificación el se habilitó a que los contribuyentes accedan a 4 planes de pagos en vez de 2 como estaba previsto originalmente sólo para aquellos contribuyentes cuyos ingresos no superen los $ 50.000.000.

Si bien estas modificaciones llevan un poquito de respiro lo cierto es que la situación económica es complicada lo que sumado a las altas tasas bancarias hace difícil afrontar las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Cabe remarcar que en caso que a un contribuyente se le caduque el plan de pagos tiene como sanción que en los próximos 12 meses no pueda volver a presentar uno nuevo.

Un beneficio extra es que no se ha derogado el plan de pagos de la RG 984 que habilita cancelar el saldo de la declaración jurada de Ganancias y de Bienes Personales en 3 cuotas a la tasa del 1% mensual.

Por último se habilitó a los exportadores que realizan triangulación de operaciones de comercio exterior (venta a un sujeto domiciliado en un país y envío de la mercadería a otro destino) a que los recuperos de IVA no sean sometidos a una auditoría de comprobantes y que sus recuperos sean revisados al igual que el resto de los exportadores. La medida se estableció hace 2 años y el fisco entendió que eliminando esta auditoría se liberan recursos humanos para ser abocados a otras tareas.

Fuente: rionegro.com.ar

2017-11-01T18:26:05-03:00
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